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Consejos para una correcta instalación

D.M. n°37 del 2008 art. 6 - Realización e instalación de las instalaciones - (ex D.L. 46/90 art. 7). "Las empresas deberán realizar las instalaciones según la normativa vigente y son responsables de la correcta ejecución de las mismas. Las instalaciones conformes a la Normativa vigente y a las normas de UNI, del CEI, RITE o de otros entes normalizadores de la construcción en los Estados miembros de la Unión Europea o que forman parte de acuerdo dentro del espacio económico europeo, se considera ejecutados según los usos conocidos."


La Garantía de Irsap, para todos sus productos, se considera válida y aplicable, siempre que se respeten las normas y prescripciones para una correcta instalación; normas y prescripciones que deberán estar en vigor. De forma particular, el decreto ministerial de referencia para la construcción de instalaciones de calefacción de uso civil, es el n° 37 de Enero de 2008; este decreto, para los diferentes artículos, recibe y contempla numerosas normas técnicas recogidas según la UNI (Ente Italiano de Unificación) y del CTI (Comitato Termotecnico Italiano). Se quiere llamar la atención en la normativa UNI 8065 del 1989 (recibida en el punto D.M. 37/2008), "Tratamiento del agua en instalaciones térmicas de uso civil".